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Qué es, para qué sirve un visado y cuándo es necesario en España

Desentrañamos los secretos de este permiso y sus distintos tipos.

El visado es un permiso que otorga el país de destino por medio de su representación consular o embajada en el país de origen de la persona que va a viajar.

Hay distintos tipos de visados, manteniendo relación con  la duración y motivo del viaje. Como también hay distintos acuerdos entre países que eximen de este trámite a los viajeros.

Si necesitamos viajar a un lugar donde  nos pidan visa para poder entrar, el ciudadano deberá dirigirse a la Embajada o Consulado de ese país, donde le ofrecerán la información necesaria acerca de la documentación que debe  presentar para conseguirlo. Tanto la solicitud como recogida del visado se deberá hacer de forma personal.

Visados para España

Si bien los ciudadanos de muchos territorios, incluido Argentina, no necesitan visado para visitar España como turistas, hay otros que sí lo requieren. Pero aún los viajeros de países que tiene acuerdo necesitan realizar este trámite para circunstancias especiales en las que los habilitará a permanecer en España, en la situación para la que se le expidió y por un período determinado.

  • Visado de tránsito: permite circular por la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español o a atravesar el territorio español.
  • Visado de estancia: permite una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no exceda de tres meses por semestre a partir de la fecha de la primera entrada. Esto a veces crea confusión porque muchos creen que es  por seis meses y en verdad son  tres en un periodo de seis meses,  es  decir  que si permanecemos los tres  primeros meses del año no podremos volver a ese país hasta pasado el sexto mes de ese año.
  • Visado de cortesía: podrá ser expedido a agentes diplomáticos, funcionarios consulares, representantes delegados de  misiones permanentes y funcionarios destinados en organizaciones internacionales con sede en España.
  • Visado de residencia: permite residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional.
  • Visado de trabajo y residencia: habilita para ejercer una actividad laboral o profesional, por cuenta ajena o propia y para residir.
  • Visado de estudios: permite permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación.

Los países que no necesitan visado para estancias inferiores a tres meses son:

Andorra, Argentina, Australia, Austria, Brasil, Brunei, Bulgaria, Canadá, Chile, Chipre, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, Estados Unidos, Estonia, Guatemala, Honduras, Hungría, Islandia, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malasia, Malta, México, Mónaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Polonia, República Checa, República de Corea, Rumania, San Marino, Santa Sede, Singapur, Suiza, Uruguay, Venezuela, regiones administrativas especiales de la República Popular China de Hong Kong y Macao y aquellos países pertenecientes a la Unión Europea.

También vale aclarar que no necesitan ningún visado quienes se les reconozca la condición de refugiados, apátridas y quienes concurran circunstancias excepcionales para el gobierno de España.

Norma Pellegrino

Abogada ítalo-argentina, socia fundadora del despacho NP Abogados de Madrid especializado en diferentes ámbitos legales. Especialista en asilo y refugio, compartiré en estas páginas todos los temas relacionados con Extranjería para intentar resolver las dudas de los muchos que están lejos de su tierra y de tantos otros que están por partir.

3 comentarios

  • Hola Norma, gracias por la información. Con mi familia (mujer e hijo) tenemos intención de residir en España y por supuesto trabajar. Soy profesiones reciobido de una licenciatura en sociales. Quisiera saber que recomendaciones me haces para que podamos hacerlo. Muchas gracias!!

  • Hola Cecilia, lo más conveniente siempre es la carta de invitación si llega con pasaporte argentino para evitar problemas y por supuesto tiene que traer seguro de viajero desde argentina, lo puede comprar en el aeropueto y tu se lo pagas luego si prefieres, pero debe entrar con él.
    Un saludo
    Norma

  • Hola..mi madre de 58 años vendra a barcelona por el timpo máximo.de turista…vendrá solo con su pasaporte sin carta de invitación..mi pregunta es: es obligatorio que tenga el seguro de viajero? En caso que sea que sí, podria cogerselo yo desde aqui? Gracias

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